NOTICIA: El reto de lograr edificios energéticamente eficientes.
Bonificar fiscalmente la eficiencia energética es una asignatura pendiente en España. El secreto para la excelencia consiste en instalar buenos sistemas de aislamiento y de ventilación.
El concepto de eficiencia energética en la edificación es incompleto o erróneo para la mayoría de los ciudadanos. Esto es porque los mensajes que les llegan se están transmitiendo de forma confusa. Por este motivo, una gran parte de la población lo asocia directamente con cuestiones como la geotermia o los paneles solares. Y estos, aunque es verdad que están en cierta medida relacionados, deben cumplir un orden de prioridades y en ningún caso deberían ir en primer lugar.
Cuando se habla de eficiencia energética en la edificación lo primero que se debe conseguir es que la construcción no necesite prácticamente energía para mantener sus condiciones de comodidad y salubridad, lo que se define como Edificio de Consumo de Energía Casi Nulo (ECCN). Este concepto, que puede ser muy ambiguo, se materializa en el estándar Passivhaus, un procedimiento que además de la eficiencia, aporta condiciones de alto confort interior, tanto en la calidad del aire como en aislamiento acústico y temperatura constante a lo largo de todo el año. Para edificios de obra nueva, la normativa actual es exigente, pero aún queda un amplio margen de mejora. El secreto para la excelencia consiste en conseguir un buen sistema de protección del edificio (aislado y hermético) e incorporar un método de ventilación que recupere el calor que se genera para ahorrar en consumo energético.
Una vez que se tiene un edificio con poca necesidad de energía, es cuando tiene sentido dotarlo de instalaciones de generación energética eficientes que reduzcan el consumo, optimizando al máximo el uso de energía para mantener las condiciones de confort y salubridad.
Por último, solo cuando el edificio prácticamente no demanda energía, es cuando se deberían implementar las energías renovables. De esta manera, podrían incluso ser capaces de cubrir la necesidad total de energía del edificio con balance positivo, generando más energía de la que necesita.
Implementar alguna de estas tres intervenciones en otro orden no es acertado. Este es el caso de la Ley Reguladora de Haciendas Locales del RD 2/2004, de 5 de marzo, que tiene por objeto servir como marco jurídico y financiero a las Administraciones locales. De modo desacertado, en esta ley se han venido primando las energías renovables en los edificios por encima de la reducción de demanda de energía. La norma permite a los municipios regular una bonificación de hasta un 80% en impuestos como el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) o el ICIO (Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras) si se instalan paneles solares, incluso en edificios sin aislamiento térmico y con ventanas de mala calidad. Sin embargo, no permite regular esta misma bonificación a un edificio que alcance una certificación de máxima eficiencia energética y reconocido prestigio a nivel mundial.
Por otro lado, varias Administraciones municipales han mostrado su predisposición para favorecer bonificaciones del IBI y el ICIO para aquellos edificios que contribuyan decisivamente a la lucha contra el cambio climático. Pero contradiciendo el sentido común, los artículos 74 y 103 de la mencionada ley no permite favorecer dichas bonificaciones.
La Plataforma de Edificación Passivhaus (PEP) defiende que es necesario modificar esta Ley y propone que los ayuntamientos puedan bonificar hasta el 95% de la cuota íntegra del IBI e ICIO a aquellos que, además de acreditar la consecución de una calificación energética A, acrediten la obtención de una certificación energética internacional independiente o sello de sostenibilidad. Se trata de premiar la edificación o rehabilitación de edificios con estándares que vayan más allá de las exigencias mínimas y permitan avanzar a un ritmo más acelerado hacia el objetivo de las emisiones netas cero en los próximos años.
En ese sentido, el papel de la Administración es fundamental para poder impulsar un cambio de paradigma en nuestro parque edificatorio, que esté orientado a satisfacer las carencias existentes en cuanto a la protección del medio ambiente, la preservación del entorno y la lucha contra el cambio climático.
Por ejemplo, desde Europa se anuncia una cantidad de fondos sin precedentes para subvencionar la rehabilitación energética de edificios. Desde la Administración se quiere incentivar este tipo de intervenciones: se han modificado algunas leyes que facilitan la rehabilitación, como la reducción de hasta un 60% en IRPF de las subvenciones obtenidas para rehabilitar. ¿No sería un buen incentivo proponer también una exención del IBI para los inmuebles que alcancen este tipo de certificaciones?
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